BOLETÍN DE COYUNTURA #1

Golpe a la autonomía municipal: Asalto arbitrario, ilegal, ilegítimo e inconstitucional a las Alcaldías del partido CxL.

04 de julio de 2022. En menos de 48 horas el régimen dictatorial despojó al partido Ciudadanos por la Libertad (CxL) de las 5 alcaldías que ganó por elección popular en noviembre de 2017. Solamente 18 de las 153 municipalidades del país no se encontraban bajo la bandera del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN). Las que pertenecían a CxL eran: Santa María de Pantasma, San Sebastián de Yalí y El Cuá, en Jinotega; Murra en Nueva Segovia; y El Almendro en Río San Juan.

Hasta la fecha no se conoce información oficial emitida por ninguna institución gubernamental, a pesar que las 5 alcaldías ya fueron tomadas por fuerzas policiales y operadores políticos. El alcalde Oscar Gadea Tinoco de Santa María de Pantasma, el primer alcalde destituido, indicó que el Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM) le informó que la toma de la Alcaldía respondió a que su partido CxL no cuenta con personería jurídica, la que fue cancelada en un proceso nulo y arbitrario en agosto de 2021.

Estos asaltos son arbitrarios, ilegales, ilegítimos e inconstitucionales. Además, representan la eliminación definitiva de la autonomía municipal, en un proceso ilegal, con abuso de autoridad y sin respetar el debido proceso. Al igual que en 2021, el régimen aniquila el proceso electoral desde antes que inicie. Además, este golpe consolida el totalitarismo de la dictadura que pretende el control absoluto del país.

Las tomas ilegales de las alcaldías liberales incurren en violaciones e irregularidades constitucionales, penales y municipales, nos centramos en el análisis de tres puntos ante estos asaltos ilegales:

  1. Proceso administrativo ilegal, arbitrario y sin garantías procesales
  2. Cancelación de CxL genera una contradicción con la norma legal
  3. Abuso de autoridad: policías y secretarios políticos secuestran las Alcaldías

El gobierno al no respetar la voluntad popular quebranta e infringe la Constitución y la soberanía nacional que reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos.

En el período municipal 2018-2023 se contabilizan 7 de 18 alcaldías opositoras tomadas por el FSLN, en 2018 ocurrió en el municipio de Mulukukú en la Costa Caribe Norte cuando el alcalde Apolonio Fargas fue detenido arbitrariamente, y en 2020 en el municipio de Wiwilí en Jinotega, cuando se le abrió un proceso judicial-administrativo a la alcaldesa Reyna Hernández, ambos ex alcaldes hoy se encuentran exiliados.

Desde Urnas Abiertas reiteramos que Nicaragua necesita un proceso electoral creíble, íntegro y legítimo. Insistimos en la importancia del restablecimiento de las condiciones democráticas las cuales incluyen la liberación de las personas detenidas, cesar la represión, la violencia política y el estado policial; reestructurar el Consejo Supremo Electoral (CSE) para garantizar que funcione de forma totalmente independiente, transparente y responsable y garantizar la observación nacional e internacional independiente, fidedigna y creíble, incluyendo observadores en materia de Derechos Humanos como la CIDH y OACNUDH.

Asalto ilegal, arbitrario e ilegítimo

A continuación se detalla la información recopilada por las redes ciudadanas de Urnas Abiertas en cada una de las Alcaldías tomadas, el monitoreo se continúa haciendo por lo que está información puede ser actualizada en un futuro.

En todos los municipios las tomas fueron realizadas por efectivos policiales, acompañados por otros operadores políticos (secretarios políticos, alcaldes oficialistas, paramilitares, etc).  También se reporta que los trabajadores municipales fueron obligados a entregar la información, en algunos casos fueron los mismos alcaldes o vicealcaldesas quienes tuvieron que asistir a entregar lo solicitado.

Extraoficialmente se conoce que los ejecutores de las tomas designaron de manera ilegítima nuevas autoridades, las cuales todavía no han sido comunicadas oficialmente ni juramentadas por el Consejo Supremo Electoral (CSE), por lo que la información reportada en este Boletín podría variar si así lo decide el régimen.

En las 5 alcaldías tomadas se contabilizan más de 50 concejales y concejalas, no se sabe si estas personas seguirán ejerciendo sus cargos o si también serán destituidas de manera ilegal.

Santa María de Pantasma (Jinotega)

El sábado 2 de julio se llevó a cabo la ocupación arbitraria e ilegal de la Alcaldía del municipio de Santa María de Pantasma, en el departamento de Jinotega, que desde el año 2013 era dirigida por el alcalde Oscar Gadea Tinoco del partido Ciudadanos por la Libertad (CxL).

El operativo fue liderado por el capitán Denis Jarquín Iría, jefe policial del municipio, Ramón López Orontes, secretario político municipal y Santos Gonzalo Herrera Real, concejal del FSLN.

El asalto inició con la presencia desproporcionada de efectivos policiales en los alrededores de la municipalidad, quienes prohibieron el paso de la ciudadanía por esas calles, así como el acceso al mercado municipal, aduciendo que esta medida era en respuesta a la tormenta tropical Bonnie. Alrededor del mediodía la Policía ingresó al edificio, donde se les informó que el alcalde Gadea se encontraba recorriendo el municipio para evaluar las afectaciones del fenómeno meteorológico.

Los policías retuvieron e  incomunicaron por algunas horas a los trabajadores que se encontraban dentro de las instalaciones, Erling Caballero, encargada del área financiera, fue citada y retenida para entregar toda la documentación de la Alcaldía. Horas después, la bandera del FSLN fue izada en la alcaldía.

Además, se reportó la presencia de paramilitares y el asedio policial en la casa de habitación del alcalde Gadea. Las vías para ingresar a la localidad fueron bloqueadas por la policía, quienes se mantuvieron en distintos puntos estratégicos realizando requisas.

Durante horas de la tarde, se recibieron reportes relacionados a un incremento de policías y militares en el municipio, la información recibida indica que se trasladaron a efectivos de otros municipios del departamento de Jinotega para mantener el hostigamiento policial en Pantasma.

El alcalde Oscar Gadea, después de casi 24 horas desaparecido, brindó declaraciones al medio de comunicación Confidencial, indicando que el Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM) le informó que la toma de la Alcaldía respondió a que su partido CxL no cuenta con personería jurídica, la que fue cancelada en un proceso nulo y arbitrario en agosto de 2021.

Según reportes ciudadanos, las nuevas autoridades ilegítimas y designadas son:

  • Alcaldesa: Carmen Medina Obando (antes sexta concejala por el FSLN)
  • Vicealcalde: Melvin de Jesús Zelaya (antes tercer concejal por el FSLN)
  • Secretaria del Concejo Municipal: Lourdes González

 

Fuerzas antimotines en las afueras de la Alcaldía Municipal de Santa María de Pantasma. Crédito: Cortesía

Santa María de Pantasma fue elevado a municipio en 1989, desde esa fecha el FSLN nunca ha gobernado la alcaldía, este poblado se encuentra en lo que se conoce como “corredor de la contra”, territorio que históricamente ha sido controlado por opositores al sandinismo. El municipio está conformado principalmente por población rural en más del 80%, cuenta con 56,336 habitantes.

Según los datos oficiales del Consejo Supremo Electoral (CSE), en 2017 el partido CxL ganó la alcaldía con casi el 59% de los votos, es decir  9,553 de los 16,157 válidos, lo que dejó como resultado un Concejo Municipal integrado por 17 concejales liberales y 11 concejales oficialistas.

San Sebastián de Yalí (Jinotega)

El sábado 2 de julio, cuando comenzaron las tomas arbitrarias, hubo asedio policial en las vías de ingreso a la ciudad y patrullaje en el casco urbano.

Se reporta que el lunes 4 de julio la policía se hizo presente a las 6 AM, rompieron las puertas y candados para ingresar a la municipalidad. Algunos trabajadores municipales se presentaron a su jornada laboral y no se les permitió ingresar. Se presume que al interior de la Alcaldía los operadores de la toma convocaron a una sesión para elegir a las nuevas autoridades.

Según reportes ciudadanos, las nuevas autoridades ilegítimas y designadas son:

  • Alcalde: Mario Zamora Hernández (antes cuarto concejal por el FSLN)
  • Vicealcaldesa: Francisca Xaviera Blandón Zamora (antes tercer concejala por el FSLN)
  • Secretaria del Concejo Municipal: Reyna Reyes Olivas (antes primer concejala por el FSLN)

 

Personas zando la bandera del FSLN en la Alcaldía San Sebastián de Yalí. Crédito: Cortesía.

San Sebastián de Yalí fue fundado en 1908. El municipio está conformado principalmente por población rural en el 80%, cuenta con 38,190 habitantes.

Según los datos oficiales del Consejo Supremo Electoral (CSE), en 2017 el partido CxL ganó la alcaldía con casi el 45% de los votos, es decir  7,321 de los 13,713 válidos, lo que dejó como resultado un Concejo Municipal integrado por 12 concejales liberales y 11 concejales oficialistas.

El Cuá (Jinotega)

Al igual que en San Sebastián de Yalí, en El Cuá el sábado 2 de julio, cuando comenzaron las tomas arbitrarias, hubo asedio policial en las vías de ingreso a la ciudad y patrullaje en el casco urbano. Trabajadores municipales reportaron recibir amenazas de procesos de judicialización relacionados a corrupción en la gestión del municipio.

En la madrugada del lunes 4 de julio la policía rodeó el perímetro de la Alcaldía, por la mañana ya habían ingresado e izaron la bandera del FSLN. Los trabajadores municipales fueron obligados a asistir a una reunión con las “nuevas autoridades”. Se tuvo información de que hay dos trabajadores municipales entregando toda la información solicitada para evitar mayores manifestaciones de violencia. Hasta el momento no se tiene información del alcalde Isidro Irias Herrera ni de la vicealcaldesa Oneyda Rodríguez Mairena.

Según reportes ciudadanos, las nuevas autoridades ilegítimas y designadas son:

  • Alcalde: Douglas González (antes primer concejal por el FSLN)
  • Vicealcaldesa: Yadira Gurdián (antes segunda concejala por el FSLN)
  • Secretaria del Concejo Municipal: Gloria Rivera Chavarría (antes sexta concejala por el FSLN y delegada del MINED en El Cuá)

 

Bandera del FSLN izada en la Alcaldía Municipal de El Cuá. Crédito: Redes Ciudadanas Urnas Abiertas

El Cuá fue elevado a municipio en 1989. El municipio está conformado principalmente por población rural en más del 80%, cuenta con 61,216 habitantes.

Según los datos oficiales del Consejo Supremo Electoral (CSE), en 2017 el partido CxL ganó la alcaldía con el 52% de los votos, es decir  9,383 de los 17,888 válidos, lo que dejó como resultado un Concejo Municipal integrado por 16 concejales liberales (1 del PLC) y 12 concejales oficialistas.

Murra (Nueva Segovia)

El viernes 1 de julio, en el municipio se intentó realizar una reunión partidaria de CxL, la policía hostigó la reunión y les informó que no tenían permiso para realizarla.

Desde las 5 AM del lunes 4 de julio se reportó presencia policial en los alrededores de la Alcaldía. Se tomaron la Alcaldía durante la mañana, no había presencia de trabajadores municipales. El secretario político municipal Santiago Jirón Valladares y William Murillo, jefe de la policía municipal, lideraron la toma. Hasta el medio día del lunes 4 de julio se reportaba una veintena de antimotines rodeando la calle de la municipalidad.

Los operadores de la toma llamaron al Alcalde Francisco Herrera Herrera para firmar el acta de entrega, quien, según reportes ciudadanos, se hizo presente para entregar la información solicitada.  También convocaron a la vicealcaldesa Ninoska Cruz para que entregara los sellos de la municipalidad, hasta la publicación de este informe ella no se ha presentado a la municipalidad.

Según reportes ciudadanos, las nuevas autoridades ilegítimas y designadas son:

  • Alcaldesa: Melba Valladares Colindres (antes primer concejala por el FSLN)
  • Vicealcalde: Luis Arturo Averruz (antes cuarto concejal por el FSLN)
  • Secretaria del Concejo Municipal: Cándida Rosa Maldonado (antes concejala suplente por haberse presentado como candidata a vicealcaldesa por el FSLN en 2017 y obtener el segundo lugar)

 

Antimotines en las afueras de la Alcaldía Municipal de Murra. Crédito: Redes Ciudadanas Urnas Abiertas.

Murra fue fundado en 1872. El municipio está conformado principalmente por población rural en casi el 90%, cuenta con 19,458 habitantes.

Según los datos oficiales del Consejo Supremo Electoral (CSE), en 2017 el partido CxL ganó la alcaldía con casi el 50% de los votos, es decir 3,551 de los 7,206 válidos, lo que dejó como resultado un Concejo Municipal integrado por 9 concejales liberales (1 del PLC) y 8 concejales oficialistas.

El Almendro (Río San Juan)

Desde el sábado 2 de julio, que iniciaron las tomas arbitrarias, se tuvo información de movilización de contingentes policiales desde otros municipios del departamento de Río San Juan hacia el municipio de El Almendro.

El lunes 4 de julio se reportó presencia policial desde tempranas horas de la madrugada. La toma es liderada por Jhonny Francisco Gutiérrez Novoa, alcalde del municipio de San Carlos por el FSLN, por el Comisionado Mayor Dennis Castro, jefe policial de la Delegación Departamental de Río San Juan, y por la secretaria política del municipio. Los ejecutores de la toma al ingresar izaron la bandera sandinista en el edificio.

Trabajadores municipales reportan asedio en sus viviendas, mientras otros se encuentran retenidos al interior de la Alcaldía. A medio día del lunes 4 de julio se reportó presencia policial desproporcionada que mantiene todo el perímetro de la Alcaldía rodeado por antimotines que no permiten la circulación de la población.

Hasta el momento no se tiene información del alcalde Reynaldo Galeano Orosco ni de la vicealcaldesa Lilliam Jiménez Córdoba.

Según reportes ciudadanos, las nuevas autoridades ilegítimas y designadas son:

  • Alcaldesa: Miriam del Socorro Arguello Martinez (fue alcaldesa por el FSLN de 2013-2018, actualmente era concejala por el FSLN al haber obtenido el segundo lugar en las elecciones de 2017).
  • Vicealcalde: No se obtuvo información

 

Bandera del FSLN izada en la Alcaldía Municipal de El Almendro. Crédito: Redes Ciudadanas Urnas Abiertas

El Almendro fue elevado a municipio en 1974. Durante la década de los 90 el municipio se seleccionó para la reubicación, reinserción y desarme de combatientes de la Resistencia Nicaragüense o Contrarrevolución. El municipio está conformado principalmente por población rural en un 75%, cuenta con 15,101 habitantes.

Según los datos oficiales del Consejo Supremo Electoral (CSE), en 2017 el partido CxL ganó la alcaldía con el 54% de los votos, es decir 2,776 de los 5,095 válidos, lo que dejó como resultado un Concejo Municipal integrado por 10 concejales liberales y 7 concejales oficialistas.

Análisis jurídico de los asaltos ilegales, arbitrarios e ilegítimos

Las declaraciones del alcalde de Pantasma indican sobre una comunicación de INIFOM (Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal) respecto a que la razón del asalto a dicha alcaldía responde a la cancelación de la personería jurídica del partido CXL, sin embargo, dicha justificación carece de fundamentos jurídicos y se ampara en vacíos legales que permiten la ambigüedad y discrecionalidad. Además la manera de proceder es arbitraria, con abuso de autoridad y sin respetar el debido proceso.

Las tomas ilegales de las alcaldías liberales incurren en violación directa a la Constitución Politica de Nicaragua, en delitos de caracter penal y en el incumplimiento directo a la normativa municipal vigente, nos centramos en el análisis de tres puntos ante estos asaltos ilegales:

  1. Proceso administrativo ilegal, arbitrario y sin garantías procesales
  2. Cancelación de CxL genera una contradicción con la norma legal
  3. Abuso de autoridad: policías y secretarios políticos secuestran las Alcaldías

Proceso administrativo ilegal, arbitrario y sin garantías procesales

El Alcalde es la máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Municipal. Dirige la ejecución de las atribuciones municipales, coordina su ejercicio con los programas y acciones de otras instituciones y vela por el efectivo cumplimiento de éstos, así como por la inclusión en tales programas de las demandas populares; al menos así lo establece la Ley de Municipios, de la mano de la Constitución Política, la cuales indican que existen diferentes causales para la terminación de un cargo municipal:

  • Por renuncia.
  • Por fallecimiento.
  • Cuando sea condenado mediante sentencia firme a pena de privación de libertad o de inhabilitación para ejercer el cargo por término igual o mayor al resto de su período.
  • Abandono de sus funciones de forma injustificada por 60 días continuos.
  • Contravención a lo dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Política de Nicaragua.
  • Entre otras disposiciones señaladas en el artículo 178 Constitución Política, incluyendo haber sido declarado por la Contraloría como incurso de malos manejos de fondos de la Alcaldía.

En este sentido, podemos afirmar que la arbitrariedad ocurrida en las últimas 48 horas, es ilegítima e inconstitucional.  A tal efecto, hay un incumplimiento en el procedimiento constitucional; siendo que el Concejo Municipal correspondiente es quien debía aprobar una resolución declarando que el Alcalde incurrió en la circunstancias que motivaron la pérdida de su condición. Dicha resolución o los documentos públicos o auténticos que acreditaron las circunstancias establecidas en las causales de pérdida del cargo, deberían haber sido ser remitidos al Consejo Supremo Electoral (CSE), acompañando el nombre de la persona que le sustituyera en el cargo, o la solicitud de declaración de propietario, para el de los Concejales.

Por otra parte, según el artículo 78 del Reglamento a la Ley de Municipios, en caso de que el Alcalde incumpliera con sus obligaciones que amerite una sanción relacionada o no con las causales mencionadas anteriormente y sin incurrir en delito, le corresponde al Concejo Municipal citar a sesión extraordinaria para conocer la falta, escuchar al señalado e imponer una sanción de ser necesario. En caso de que el Concejo determine la pérdida de su condición de Alcalde, esta sanción deberá ser aprobada por las dos terceras partes de los miembros del Concejo. Dicha decisión permite al funcionario municipal recurrir ante el CSE en revisión de su caso, quienes deberán escuchar, evaluar el caso y resolverlo.

Con las destituciones y tomas ilegales de las alcaldías de CxL se ha dejado por fuera la figura del Concejo Municipal, conformado por alcaldes, vicealcaldes y concejales. Hasta el momento no se ha hecho público ningún documento o procedimiento oficial que incorpore a esta figura, por el contrario existen amenazas de destituciones a concejales liberales y de despido sin prestaciones contra trabajadores municipales.

Por tanto, los procesos de destituciones de alcaldes y vicealcaldesas y posterior designación ilegítima de nuevas autoridades no cumplen con el debido proceso que la normativa vigente señala.

Cancelación de CxL genera una contradicción con la norma legal

Como ya se señaló, de manera extraoficial se conoce que la justificación para la toma ilegal de las alcaldías de CxL fue la cancelación de su personería jurídica en el marco del proceso electoral 2021.

El Consejo Supremo Electoral (CSE) por medio de resolución dictada el día 6 de agosto del año 2021 a las 3:30 pm, resolvió cancelar la personalidad jurídica al Partido Ciudadanos por la Libertad (CxL) por solicitud de la representante legal del Partido Liberal Constitucionalista (PLC) en la que pidió, y en efecto fue retomado y resuelto con lugar por el CSE, que se cancelara la personalidad jurídica de CxL por haber violado las leyes de la República de Nicaragua, en particular la Ley N° 1055, Ley para la Defensa de los Derechos del Pueblo, la Independencia, la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz, así como por el hecho de que la representante legal de la Alianza Electoral Ciudadanos por la Libertad, había adquirido su cédula de identidad de forma anómala.

Desde Urnas Abiertas señalamos en 2021 que la resolución del CSE fue arbitraria, nula y revocable. Esta resolución contuvo una serie de irregularidades de forma, relacionada con el ejercicio de la legitimación para impugnar y pedir la cancelación de la personalidad jurídica de una organización partidaria, la ausencia de materialización del derecho de audiencia al impugnado, así como la celeridad con la que se llevó a cabo la resolución con los informes de la Oficina de Atención a Partidos Políticos. Asimismo, contenía  inconsistencias en la aplicación de la norma legal de fondo, en este caso la Ley N° 1055, pues al construir la premisa que sirve de base de la conclusión no se es exhaustiva con explicar en qué consisten los actos, de parte de CxL, que menoscaban la independencia, autodeterminación y soberanía del Estado de Nicaragua.

Aunque la justificación sea la ilegalización del partido, es importante indicar que existe una contradicción con la norma legal, siendo que si bien está disuelto el partido político por la cancelación de su personería jurídica, no se cumple con ninguna de las causales de terminación del cargo contenidas dentro de la Ley de Municipios (Ley 40). Ni la Ley de Municipios ni la Ley Electoral (Ley 331) prohíben el funcionamiento de las alcaldías de partidos disueltos posterior a la elección popular del Concejo Municipal.

La Ley Electoral en el Artículo 179 establece que: “Se faculta al Consejo Supremo Electoral para resolver conforme a las disposiciones del derecho común cualquier asunto en materia electoral, que no esté previsto en la presente Ley.” Esta disposición provoca que las alcaldías y municipalidades queden en total vulnerabilidad al amparo de la discrecionalidad de un ente partidario que no cumple con los principios de transparencia, independencia y autonomía.

Por otra parte, la normativa determina el tiempo para escuchar al partido cancelado, tiempo que no se cumplió y en el cual tampoco se tomaron acciones relacionadas a las alcaldías de dicho partido. La toma ilegal y arbitraria se desarrolla 11 meses después de la cancelación y en el marco de un proceso electoral municipal, lo que demuestra que en lugar de intentar resolver la contradicción legal lo que el Gobierno busca es mostrar fuerza, castigar a opositores y aniquilar, una vez más, la competencia electoral.

Abuso de autoridad: policías y secretarios políticos secuestran las Alcaldías

Hasta el momento, en ninguna de las tomas ilegales ni la policía ni los operadores políticos han presentado órdenes judiciales o cualquier otro tipo de documentación oficial que justifique la acción, más bien se reportan retenciones, amenazas verbales, allanamientos ilegales y un asalto de características militares.

Las nuevas autoridades nombradas de manera ilegal e ilegítima son en su mayoría concejales del FSLN en la misma Alcaldía, se están entregando los bienes municipales como premios por la lealtad a estos operadores políticos, quienes suelen estar involucrados en las redes de corrupción y de violencia política del oficialismo.

Adicionalmente, hay que señalar que ninguna ley, reglamento o norma incorpora en las facultades de los secretarios políticos o de la Policía Nacional el derecho de destituir ni de nombrar autoridades municipales electas por voto popular. Si bien la Policía es un cuerpo del Estado que resguarda el orden para la ciudadanía, transgreden su propia norma jurídica al no cumplir su naturaleza profesional, apolítica, apartidista y en estricto apego a la Constitución Política de Nicaragua, a la que debe respeto y obediencia y que así mismo es señalado por la Ley 228 Ley de la Policía Nacional y sus reformas.  De esta manera los ejecutores de las tomas ilegales realizan hechos inconstitucionales en tanto ejercen más funciones que las que le confieren la Constitución y las leyes.

El gobierno al no respetar la voluntad popular quebranta e infringe la Constitución y la soberanía nacional que reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos. La Constitución Política indica que: “El poder político lo ejerce el pueblo por medio de sus representantes libremente elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto, sin que ninguna otra persona o reunión de personas pueda arrogarse este poder o representación.”

La autonomía municipal: el último Golpe de la dictadura

Estos hechos demuestran la consolidación de un estado totalitario, que apuesta por el control absoluto del poder político sin autonomía municipal, la que ha sido golpeada de manera sistemática y continua en los últimos años.

Desde mediados de la década de los años 80 se ha venido avanzando y retrocediendo en materia de autonomía municipal en Nicaragua, en estos años se decide compartir el poder político centralizado en el Ejecutivo con los niveles territoriales más allá del nacional, primero con la Costa Caribe en 1984 con la Ley de Autonomía de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, y luego con los municipios en 1990 con la Ley de Municipios.

Sin embargo, en estos años todos los gobiernos han tenido un doble discurso y comportamiento en materia de autonomía municipal, pues por un lado nominalmente impulsan un ordenamiento jurídico a favor del modelo descentralizado del poder (Ley de Autonomía Municipal, Ley de Autonomía de las Regiones Autónomas, Ley de Transferencia Municipal, etc) pero por otro realizan acciones de recentralización con claros intereses partidarios.

En una parte de este proceso (1984 a 2002) se observaron rasgos fluctuantes de cierta aceptación y tolerancia aparente por legitimar los comicios electorales municipales, con alianzas de partidos residuales que administraban la minoría de municipios (en las elecciones municipales de 2017 la oposición administró menos del 12% del total de 153 municipio).

A partir de 2007 con menor intensidad y después de 2018 con mayor intensidad -al consolidarse la dictadura- se ha observado una violación flagrante de la autonomía municipal a través de mecanismos arbitrarios como fraude electoral, sustitución de estructuras de tejidos territoriales e institucionales legalmente reconocidos en el ordenamiento jurídico (desde cabildos, asambleas territoriales, etc) por órganos partidarios (CPC) y personas con poder político partidario e ideológico (secretarios políticos) que toman decisiones bajo líneas bajadas directamente del Poder Ejecutivo sin valorar la participación ni los intereses locales.

Asimismo, se observa un creciente proceso arbitrario para lesionar la autonomía municipal a través de las disminuciones de las transferencias municipales (del 10% al 4%)  y de la distribución asimétrica de esos recursos públicos.

A medida que el proceso electoral municipal se acerca, las acciones contra la autonomía municipal se han vuelto más violentas y arbitrarias. Además del uso de asedio, amenaza y chantaje hacia autoridades, instituciones y personas naturales opositoras, a cuatro meses de las elecciones se realizan tomas y destituciones de autoridades electas popularmente con mecanismos arbitrarios, ilegales, ilegítimos e inconstitucionales.

Estas acciones tienen el fin de consolidar una dictadura totalitaria a través del montaje de una estructura y superestructura corrupta basada en el clientelismo caudillesco que no abona al rol del poder local en el mejoramiento de la vida de la población.

  • Alcaldesa: Melba Valladares Colindres (antes primer concejala por el FSLN)